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Novedades y actualidad en derecho laboral corporativo, fallos y reformas clave explicadas exclusivamente para empleadores y directores de PyMEs.

📅 Agosto 2026 — Jurisprudencia Laboral

Pluriempleo Superpuesto: Avalan el despido con justa causa y sin indemnización de un empleado con dos trabajos en la misma franja horaria

Despido Justificado por Pluriempleo Superpuesto

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala VII) ratificó la validez de la desvinculación de un dependiente que cumplía tareas de forma simultánea para dos empresas distintas.

En Argentina, la figura del pluriempleo no está prohibida por la Ley de Contrato de Trabajo (LCT Nº 20.744) siempre y cuando las tareas no entren en competencia desleal. Sin embargo, un reciente fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala VII) ha puesto un límite claro en favor del sector patronal: convalida la validez del despido con justa causa (sin derecho a indemnización alguna) de un empleado que prestaba servicios simultáneos durante la misma franja horaria.

Para los empleadores y directivos, esta sentencia constituye un precedente clave sobre cómo actuar ante sospechas de superposición horaria (común en entornos de teletrabajo). Cuando un directivo recibe información de deslealtad y piensa en coordinar la defensa judicial de su empresa, el asesoramiento preventivo de un estudio jurídico para pymes resulta vital para instrumentar las pruebas de forma infalible.

1. Fundación Jurídica: El quiebre del deber de fidelidad y buena fe

La justicia ratificó que la superposición horaria en dos empleos configura un incumplimiento contractual de tal gravedad que torna imposible la continuidad del vínculo (injuria laboral bajo el Art. 242 de la LCT). Las normas de la LCT violadas por el trabajador son:

  • Deber de Buena Fe y Conducta (Arts. 62 y 63 LCT): Las partes están obligadas a actuar con lealtad y rectitud. Ocultar al empleador que se está prestando tareas para otra firma a la misma hora constituye una violación directa a este principio rector.
  • Deberes de Diligencia e Iniciativa (Art. 84 LCT): El dependiente debe prestar el servicio con puntualidad y dedicación efectiva. Es materialmente imposible cumplir con esta obligación si se atienden de manera simultánea dos puestos de trabajo.
  • Deber de Fidelidad y Confianza (Art. 85 LCT): La conducta desleal del trabajador destruye el elemento esencial de mutua confianza indispensable para sostener el contrato.

Punto Clave: No se sanciona al empleado por tener dos trabajos, sino por la superposición horaria (simultaneidad de jornadas). Este hecho configura una conducta desleal que destruye la confianza e imposibilita sostener el vínculo, habilitando el despido sin indemnización por antigüedad.

2. ¿Cómo debe actuar la PyME ante una sospecha de superposición horaria?

El principal desafío para la empresa no es la ley, sino la prueba. En el ámbito del derecho laboral empresarial, las acusaciones no probadas de forma fáctica pueden volverse en contra de la compañía.

Como abogados de empresas especialistas en defensa legal pymes, aconsejamos estructurar un protocolo de control preventivo:

  • Auditoría y control de IP/Sistemas: En contratos de trabajo remoto, registrar mediante herramientas informáticas y auditorías de sistemas los inicios de sesión superpuestos y los horarios efectivos de conexión de los empleados.
  • Reglamentos Internos Claros: Es indispensable contar con un reglamento de trabajo interno firmado por el empleado donde se aclare la exclusividad de jornada y la prohibición de realizar cualquier actividad ajena durante las horas de trabajo.
  • Asesoramiento con un Abogado Laboral PyME: Antes de enviar cualquier telegrama de despido, se debe analizar con un abogado laboral pyme la solidez de las pruebas (tales como informes de aportes previsionales cruzados de AFIP/ARCA, actas notariales de constancia de conexión, etc.) para blindar la posición patronal.

Conclusión: El blindaje preventivo mediante un Abono Mensual

Este fallo resalta nuevamente la necesidad crítica de no actuar a ciegas. La protección de los recursos de la empresa radica en la contratación preventiva. Contar con un abono mensual pymes provisto por un estudio jurídico pymes especializado te permite auditar periódicamente la relación con tus dependientes, redactar reglamentos de trabajo adaptados y disponer de una defensa legal pymes lista para repeler reclamos infundados de forma inmediata.

En Asesor de Empresas, ponemos a tu disposición un equipo de abogados para pymes enfocado de manera exclusiva en proteger el patrimonio del empleador. Consultanos hoy mismo para auditar y resguardar tu operación.

📅 Agosto 2026 — Actualidad Laboral

Responsabilidad de Directores: Blindaje de Patrimonio ante un juicio laboral

Responsabilidad Solidaria de Directores Blindaje de Patrimonio

El fallo "Oviedo" de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y las estrategias de defensa judicial clave para proteger el patrimonio personal de los socios gerentes.

En la gestión diaria de las sociedades comerciales, una de las mayores preocupaciones de los directores y socios gerentes es el riesgo patrimonial. Cuando un empresario o directivo piensa "me llegó una demanda laboral a la empresa", la pregunta inmediata que surge es: ¿Pueden los jueces ir contra mis bienes personales (mi casa, mi auto) para cobrar esa indemnización?

Históricamente, la extensión de responsabilidad laboral hacia los directores bajo la Ley General de Sociedades (19.550) generó una gran inseguridad jurídica en el ámbito del juicio laboral empresa. Sin embargo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha fijado un límite contundente que todo abogado corporativo debe conocer y aplicar de inmediato.

1. El fallo "Oviedo" de la Corte Suprema: Un freno al abuso

En el precedente “Oviedo, Javier Darío c/ Telecom Argentina S.A. y otro s/ despido”, la Corte Suprema delimitó estrictamente la responsabilidad solidaria de los administradores societarios.

El máximo tribunal ratificó que la personería jurídica de las sociedades es un principio de orden público y una herramienta lícita para la limitación de la responsabilidad. Por lo tanto, la extensión de responsabilidad hacia directores y socios gerentes debe aplicarse en forma excepcional y restrictiva.

Para condenar solidariamente a un directivo, no basta con alegar un incumplimiento registral de la sociedad; se debe probar de forma fehaciente que el director utilizó la sociedad como una "pantalla" ficticia para cometer un fraude doloso personal. Este fallo representa una herramienta defensiva de gran valor para cualquier abogado derecho empresarial que deba estructurar la defensa judicial empresas ante reclamos de ex-empleados.

2. ¿Cómo se protege el patrimonio de los socios gerentes en la práctica?

La protección de los bienes personales de los administradores no comienza cuando se recibe la notificación judicial; se construye mediante una estructura societaria ordenada. Como abogados para pymes y grandes empresas, recomendamos tres acciones preventivas críticas:

  • Inscripción y vigencia de cargos: Es fundamental que la designación de las autoridades y directores esté debidamente inscripta y actualizada ante la IGJ.
  • Actas de Directorio ordenadas: Las decisiones operativas importantes y las desvinculaciones conflictivas deben quedar asentadas en los libros de actas de directorio, demostrando que el administrador obró con lealtad y diligencia (Art. 59 de la Ley 19.550).
  • Auditoría de riesgos laborales: Mantener la regularidad en las contrataciones es la forma más directa de evitar la necesidad de una defensa de crisis.

Conclusión profesional

Este tipo de situaciones forma parte del trabajo cotidiano de nuestro equipo.

1 Nos contará qué ocurrió.
2 Conocerá cómo podemos ayudarlo.
3 Recibirá una propuesta profesional elaborada por un Socio Director para asumir la defensa jurídica o el asesoramiento que su empresa necesite.
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